Durante el mes de febrero puede elegir la opción de pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades que más le interese

Recuerde que si el volumen de operaciones de su empresa en 2022 no superó los seis millones de euros y su ejercicio coincide con el año natural, durante este mes de febrero puede cambiar la forma de cálculo de sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2023.


Si los ingresos de su sociedad han caído bruscamente, seguramente le interese pagar menos de pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades este año.

Si su empresa calcula sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades según el sistema de cuotas, verifique si le interesa cambiar al sistema de bases.

En concreto, si el volumen de operaciones de su empresa en 2022 no superó los seis millones de euros y su ejercicio coincide con el año natural, durante este mes de febrero puede cambiar la forma de cálculo de sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades de 2023:

  • Sistema de cuotas. El primer pago fraccionado (que presentará el próximo mes de abril) será un 18% de la cuota a ingresar del IS de 2021 (que es la última declaración que habrá sido presentada en esa fecha). Como a la hora de realizar el segundo y el tercer pago (en octubre y diciembre) ya habrá presentado el IS de 2022, estos pagos ya serán del 18% de la cuota a ingresar en dicho impuesto.
  • Sistema de bases. Si aplica el sistema de bases, en los pagos fraccionados que efectúe durante el año deberá ingresar el 17% de la base imponible acumulada desde el inicio del ejercicio hasta el día anterior al inicio de cada uno de los períodos de ingreso de dichos pagos (descontando retenciones y pagos fraccionados ya realizados).
  • Novedad. No obstante, si la cifra de negocios de su empresa -o la cifra de negocios consolidada de su grupo, si pertenece a uno- fue inferior a un millón de euros en 2022, a partir de este año, y como novedad, dicho porcentaje será de sólo el 16%. Ése es el porcentaje que corresponde a las empresas que facturan menos de un millón de euros y que a partir de 2023 tributan en el IS a un tipo del 23% (5/7 del tipo de gravamen redondeando por defecto).

Cambiar al sistema de bases puede interesarle si prevé que en 2023 sus resultados serán inferiores a otros años. Por ejemplo:

  • Si en 2021 o 2022 realizó alguna venta de activos que le reportó un resultado extraordinario que no se repetirá en 2023.
  • si en 2023 prevé que sus ventas van a disminuir o que incurrirá en mayores gastos que en años anteriores.

Pueden ponerse en contacto con este despacho profesional para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

Un cordial saludo,