Constituir empresas sin acudir al notario

Con la transposición de la Directiva de digitalización de sociedades se establece, por primera vez en el ordenamiento jurídico español, la posibilidad de constituir una sociedad de responsabilidad limitada en 6 horas, por videoconferencia y sin necesidad de comparecer presencialmente ante notario.


La constitución de sociedades va a dar un cambio importante ya que se han introducido modificaciones en la normativa que regula a los notarios.

Este cambio va a permitir que, a partir de 2024, entre otras cosas, se pueda tramitar la constitución de una sociedad limitada de forma online y sin desplazamientos al notario.

Los notarios podrán prestar íntegramente por vía electrónica algunos servicios notariales, fundamentalmente de carácter mercantil, como la constitución de sociedades online, lo que deriva de la obligación impuesta a nivel europeo de permitir que cualquier ciudadano pueda constituir una sociedad limitada en otro país miembro sin necesidad de presencia física.

Asimismo, mediante videoconferencia notarial se podrán agilizar trámites societarios de urgencia para las empresas, o resolver situaciones societarias en las que es difícil reunir presencialmente a todas las personas que deberían acudir -ampliaciones de capital, nombramiento de administradores, cambios de domicilio de sociedades, actas de junta general…-.

Hasta ahora, existía un procedimiento telemático a través del CIRCE, pero aún requería la comparecencia física ante notario.

Motivos de Interés Público. El notario podrá requerir la comparecencia física del fundador por razones de interés público o para comprobar la capacidad del otorgante.

Servicios digitales y Registro Mercantil. Los servicios digitales se ofrecerán a través del Portal Notarial del Ciudadano. El Registro Mercantil ofrecerá ciertos servicios de forma gratuita, como el acceso a datos identificativos de la sociedad y sus órganos de representación.

Entrada en vigor

La reforma de la constitución de las sociedades en línea entró en vigor el 10 de mayo de 2023, mientras que la reforma de la Ley del Notariado, que es la que posibilita el sistema de constitución en línea, con los otorgamientos por videoconferencia, no entró en vigor hasta transcurridos seis meses, es decir, hasta el pasado 9 de noviembre de 2023, y las reformas del Código de Comercio, la Ley Hipotecaria y la Ley 24/2001, que aportan el resto de los elementos que dan coherencia al sistema, no lo harán hasta transcurrido un año, el 9 de mayo de 2024.