Con esta medida se equiparan en las condiciones y derechos al resto de personas trabajadoras por cuenta ajena del Régimen General de la Seguridad Social protegidas por la contingencia de desempleo.
Le informamos que en el Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo (BOE de 2 de marzo), y con efectos desde el 2 de marzo, se recoge un conjunto de medidas sociales que tienen por objeto evitar situaciones de desprotección en colectivos vulnerables, entre ellas esta nueva medida para las personas trabajadoras mayores de 52 años que se encuentren sin empleo tras haber firmado un contrato de carácter fijo-discontinuo que beneficiará especialmente aquellos que tengan periodos de actividad inferiores a seis meses, y que cuantifican en cerca de 18.000 personas al mes. Este colectivo recibirá un subsidio de 463 euros al mes hasta que se jubilen.
Por último, hay que tener en cuenta que, conforme establece la disposición transitoria cuarta del Real Decreto-ley 3/2022, los apartados 2 y 3 de este artículo 280 de la LGSS, en la redacción vigente antes del 2 de marzo de 2022 (fecha de entrada en vigor del RDL 3/2022), mantendrán su aplicación para los subsidios de los trabajadores fijos discontinuos cuyo hecho causante (momento en que se cumpla el plazo de espera de un mes o se produzca la situación legal de desempleo) haya tenido lugar antes de esa fecha.
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